ÉXODO 139

E la malnutrición”. Esta es la línea en la que se va perfilando el derecho a la alimenta- ción desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) al Pacto Inter- nacional de Derechos Económicos, Socia- les y Culturales (1966): enfoque de desarro- llo social frente a esquemas proteccionistas. También puede parecer extraño que grandes ciudades, como Atenas, Lisboa y Madrid, consideradas como capitales europeas del hambre , no hayan logrado movilizar los recursos necesarios para abordar esta proble- mática. En opinión de J. R. Gonzalez, el enfoque asistencialista diseñado por la UE para la ayuda alimentaria centra todo el dispositivo en los go- biernos y deja fuera a las ciudades. El procedimiento es idéntico para to- dos los países: compra de alimentos en licitaciones internacionales (impi- de cualquier circuito de proximidad y premia al agronegocio); distribución a través de grandes organizaciones civiles (como los Bancos de Alimen- tos, Cruz Roja y Caritas que potencia la percepción ciudadana de resolu- ción del hambre por la vía de la asis- tencia popular), tercero, un sistema de supervisión y control muy buro- cratizado. Este sistema de reparto impide la conexión con el poder local y evita la reclamación en base al de- recho a la alimentación. En palabras de J. Laguna, desde una perspectiva evangélica, la “comensalidad subver- siva” supone anteponer el hambre a cualquier ley (discernir si promover bancos de alimentos o cargar carros de la compra con alimentos de prime- ra necesidad sin pagar), saber si pre- siden la mesa de reparto los pobres y lisiados, o si la celebración de la vi- da por la vuelta del hijo pródigo pasa por delante de la desesperación de los hermanos mayores justificados. Esta sería la religión de quienes se sientan a la mesa de Jesús, de los que comen cómo y con él. ¿DE MADRID AL CIELO? DE CAPITALIDAD EUROPEA DEL HAMBRE AL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Frente al modelo neoliberal y asisten- cialista de la UE en el reparto de alimen- tos, el enfoque de derechos humanos ha dado lugar a la firma en Milán, 2016, del Pacto de Política Alimentaria Urbana (Pac- to de Milán). Es el primer protocolo inter- nacional para la intervención municipal en el ámbito de la producción y distribución de alimentos. Se han adherido más de 120 EDITORIAL

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