LOMLOE. Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre

216 ANPE Sindicato Independiente DISPOSICIONES TRANSITORIAS Disposición transitoria primera. Pruebas finales de etapa. 1. Con el fin de posibilitar el diagnóstico de debilidades y el diseño e implantación de medidas de mejora de la calidad del sistema educativo español, y en tanto no se implanten las evaluaciones generales del sistema educativo previstas en el artículo 143 de esta ley, el Gobierno regulará el calendario y las características de dichas pruebas de Educación Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria corres- pondientes a este periodo. 2. Hasta el inicio del curso siguiente a la entrada en vigor de esta Ley, la evaluación de bachillerato para el acceso a los estudios universitarios tendrá las siguientes características: a) La evaluación únicamente se tendrá en cuenta para el acceso a la universidad, pero su superación no será necesaria para obtener el título de Bachiller. b) Podrá presentarse a la evaluación el alumnado que esté en posesión del tí- tulo de Bachiller, así como el alumnado que se encuentre en alguna de las situaciones contempladas en la disposición adicional tercera del Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Edu- cación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato. c) Las Administraciones educativas, en colaboración con las universidades, de acuerdo con sus competencias en materia de acceso a la universidad, que asu- mirán las mismas funciones y responsabilidades que tenían en relación con las Pruebas de Acceso a la Universidad, organizarán la realización material de la prueba para el acceso a la universidad y garantizarán la adecuación de la mis- ma al currículo de bachillerato. No obstante, cada Administración educativa podrá delimitar el alcance de la colaboración de sus universidades en la realiza- ción de la prueba. Dicha evaluación tendrá validez para el acceso a las distintas titulaciones de las universidades españolas. d) La adquisición de las competencias se evaluará a través de las materias de se- gundo curso y, en su caso, de la materia Lengua Cooficial y Literatura. Los alumnos que quieran mejorar su nota de admisión podrán examinarse de hasta cuatro materias de opción del bloque de las asignaturas de modalidad de se- gundo curso.

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