LOMLOE. Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre

199 Texto refundido de la Ley Orgánica de Educación 2. Los conciertos, convenios o subvenciones aplicables a los centros de educación preescolar y a los centros de educación infantil se referirán a las enseñanzas de primer ciclo de educación infantil y a las de segundo ciclo de educación infantil respectivamente. Disposición transitoria undécima. Aplicación de las normas reglamentarias. En las materias cuya regulación remite la presente Ley a ulteriores disposiciones re- glamentarias, y en tanto éstas no sean dictadas, serán de aplicación, en cada caso, las normas de este rango que lo venían siendo a la fecha de entrada en vigor de esta Ley, siempre que no se opongan a lo dispuesto en ella. Disposición transitoria duodécima. Acceso a las enseñanzas de idiomas a menores de dieciséis años. No obstante lo dispuesto en el artículo 59.2 de esta Ley, los alumnos que a la entrada en vigor de esta Ley hayan completado los dos primeros cursos de la educación secun- daria obligatoria podrán acceder a las enseñanzas de idiomas. Disposición transitoria decimotercera. Maestros especialistas. En tanto el Gobierno determine las enseñanzas a las que se refiere el artículo 93.2 de la presente Ley, la enseñanza de la música, de la educación física y de los idiomas extranjeros en educación primaria será impartida por maestros con la especialización correspondiente. Disposición transitoria decimocuarta. Cambios de titulación. Los requisitos de titulación establecidos en la presente Ley, para la impartición de los distintos niveles educativos, no afectarán al profesorado que esté prestando sus servi- cios en centros docentes según lo dispuesto en la legislación aplicable en relación a las plazas que se encuentran ocupando. Disposición transitoria decimoquinta. Maestros con plaza en los servicios de orientación o de asesoramiento psicopedagógico. 1. Las Administraciones educativas que no hubieren regularizado la situación admi- nistrativa para el acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, espe- cialidad de psicología y pedagogía, mediante el concurso-oposición, turno espe- cial, previsto en el artículo 45 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, de los funcionarios del Cuerpo de

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